En los últimos años se han presentado diversas iniciativas en distintos países de América Latina (desde México hasta Argentina) para promover la elección popular de jueces (desde las y los ministros de la Corte Suprema e integrantes del Consejo de la Magistratura hasta jueces de distrito). Se argumenta que con ello se democratizará el Poder Judicial y se lograrán jueces íntegros e independientes.
Desafortunadamente, la elección popular de jueces tiene justamente el efecto opuesto.
La democracia requiere de un poder judicial independiente.
Este es esencial para sostener el estado de derecho – un conjunto de leyes que se aplican por igual en todos los casos, sin discreción, y sin favorecer al poder. Esto implica que los jueces sean libres y puedan tomar decisiones imparciales, y no a partir de los intereses de otros, especialmente del gobierno. Así, el poder judicial asegura que las leyes emanadas del Poder Legislativo y los actos del Poder Ejecutivo respeten la ley, la Constitución y los derechos de la ciudadanía.
El poder judicial sirve como control del poder mismo.
[Recibe los análisis de más actualidad en tu correo electrónico o en tu teléfono a través de nuestro canal de Telegram] En otras palabras, la independencia judicial se refiere a la capacidad que tienen los jueces de interpretar y aplicar la ley de manera justa y libre, sin ningún tipo de presiones. Así, desde un poderoso hasta un ciudadano común tienen las mismas posibilidades en un juicio. Es decir, la independencia es la habilidad de desempeñar su función -resolver peticiones, conducir audiencias, emitir sentencias, y tomar decisiones- sin verse influidos por presiones políticas, intereses de partido o económicos o incluso la opinión
popular.
Esta independencia puede asegurarse de diversas formas. Una primera herramienta es la
duración del encargo, con periodos largos al margen del calendario electoral, o nombramientos de por vida (como para la Corte Suprema de Estados Unidos). Otra herramienta es la
seguridad laboral y salarial, que evita tentaciones políticas o económicas. Otra herramienta es el
método de selección. A nivel internacional existen diversos procesos de designación, pero algo común es cumplir ciertos requisitos básicos (de ciudadanía, edad, formación profesional y goce de derechos), y de experiencia en la materia con frecuencia comprobada por concursos con exámenes teóricos y prácticos.
El objetivo es que los jueces deban su selección al mérito y la capacidad, y no al apoyo de una persona o grupo.
En cambio, elegir jueces de manera directa, los equipara a políticos tradicionales que persiguen cargos públicos, desde una presidencia municipal hasta la Presidencia de la República. Esto desvirtúa su naturaleza y su función. Participar en una elección y competir para obtener el mayor número de votos los somete al ambiente, incentivos y naturaleza de las campañas:
la búsqueda de la popularidad, la recaudación de fondos, la necesidad de patrocinios y apoyos, la elaboración de promesas. Además, estas elecciones no son
baratas.
En Estados Unidos, una sola elección de suprema corte estatal (del Estado de Wisconsin) costó $40 millones de dólares.
La elección popular de jueces tampoco es la norma ni es buena práctica a nivel internacional. Son apenas cinco países que lo llevan a cabo (Bolivia, Estados Unidos, Japón, Suiza y las Islas Marianas del Norte) y cuando lo hacen es solo para algunos jueces locales. En Suiza, por ejemplo, son solo los jueces cantonales quienes son electos popularmente.
Incluso en Estados Unidos, que en ocasiones se toma como ejemplo, ningún juez federal es electo popularmente. Los padres fundadores así lo dispusieron con el fin de aislarlos del proceso político y no comprometer su independencia (Federalista 78, 1778).
La única excepción a esto es Bolivia, país cuya democracia se ha debilitado significativamente en las últimas dos décadas. En Bolivia, la selección de jueces empieza con un filtro político en la Asamblea Legislativa, lo que hace que la judicatura esté alineada con el partido mayoritario (en este caso, el partido Movimiento al Socialismo-MAS). Es sólo después de esta preselección que se da el sufragio universal, que además obliga a los jueces a hacer campaña y depender de quienes los financian (aunque esté prohibido en la ley) y apoyan, y en última instancia de las simpatías o antipatías de los electores.
Los jueces no deben depender ni del apoyo de un partido político, ni de fondos para hacer campaña, ni de su popularidad.
En realidad, la independencia es opuesta a todo esto, pues la calidad de un juzgador supone un cierto aislamiento o apartamiento de otros actores. En síntesis, los jueces deben guiarse únicamente por la ley, la Constitución y los derechos humanos y no por los deseos e intereses de partidos y votantes.
Lo que necesitamos son jueces independientes y profesionales, y no “políticos con toga” , como exigía Sandra Day O’Connor, primera mujer en servir como ministra de la Corte Suprema de Estados Unidos.