Martes, 28 de julio de 2026
ANÁLISIS

De Zuckerberg a Musk, pasando por Durov: los retos de regular las plataformas online en tiempos turbulentos

Los desafíos en la regulación de grandes plataformas online se intensifican mientras figuras como Zuckerberg, Durov y Musk enfrentan polémicas legales y tensiones globales sobre libertad de expresión y cumplimiento normativo.

Joan Barata Joan Barata 5 de septiembre de 2024
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El pasado 25 de agosto fue detenido en Francia el fundador de Telegram, Pavel Durov. | Vlad Karkov / Zuma Press / ContactoPhoto
El pasado 25 de agosto fue detenido en Francia el fundador de Telegram, Pavel Durov. | Vlad Karkov / Zuma Press / ContactoPhoto
Aunque seguramente nunca han dejado de serlo, vivimos tiempos especialmente turbulentos en materia de regulación de grandes plataformas para la difusión de contenidos en línea (popularmente conocidas como las Big Tech). En los últimos tiempos, una de las novedades más notables es que los dueños de estas plataformas, conocidos por ser controvertidos y extravagantes, han ganado protagonismo en el debate público. Su importancia ha superado la de las decisiones sobre moderación de contenidos, ya que constantemente están en el centro de la atención debido a sus complejas situaciones y polémicas declaraciones. 

Por citar tres ejemplos relevantes y especialmente destacados, Mark Zuckerberg —referido generalmente por parte de los tech nerds con solo su nombre de pila "Mark"— ha admitido haber ido demasiado lejos al seguir disciplinadamente las recomendaciones "informales" de las autoridades estadounidenses durante la pandemia, retirando contenidos que, aunque no eran considerados ilegales, eran especialmente ofensivos, dañinos o polémicos en temas como el origen del COVID-19, la efectividad de las vacunas, etc. Por otra parte, el propietario de Telegram, la red social y de mensajería —ambos servicios unidos de forma algo inextricable para la mayoría de los usuarios— ha sido detenido por las autoridades francesas y genéricamente acusado —por lo que hemos visto hasta ahora— de crímenes e ilegalidades diversas. Los cargos incluyen la complicidad en la comisión de delitos especialmente execrables, como es la difusión de pornografía infantil. Finalmente, la obcecada resistencia de Elon Musk a obedecer las órdenes de un controvertido juez brasileño —órdenes cuya legitimidad y legalidad no son reconocidas por parte de Musk— han llevado nada menos que a la decisión judicial de suspender por cualquier vía el acceso a los servicios de la red social X en el país.

"Aprobada en 2022, la Digital Services Act (DSA) de la Unión Europea —Ley de Servicios Digitales en la terminología española— prometía una sujeción armoniosa y coherente de las plataformas globales a los poderes democráticos europeos."


Todas estas polémicas surgen en un momento de importantes movimientos tectónicos en las tendencias regulatorias regionales. Aprobada en 2022, la Digital Services Act (DSA) de la Unión Europea —Ley de Servicios Digitales en la terminología española— prometía una sujeción armoniosa y coherente de las plataformas globales a los poderes democráticos europeos. En comparación, el modelo estadounidense, basado principalmente en la protección del emprendimiento y la libertad editorial de las propias plataformas, estaría sujeto a diversos cuestionamientos y erosión a ambos lados del espectro político. En abierta batalla con estos dos grandes imperios digitales —como muy bien ha explicado Anu Bradford— se encontraría el modelo chino, basado fundamentalmente en la autoridad estatal y cuyo desarrollo estamos también presenciando, especialmente en lo que se refiere al control de la tecnología y la infraestructura. 

En este contexto, las instituciones de la UE parecen dispuestas a dar la batalla de la promoción y exportación a nivel global de un modelo europeo, en principio, basado en la protección de los derechos de los usuarios. Tan digna misión llevó, sin embargo, hace unas pocas semanas, al imprudente comisario europeo, Thierry Breton, a dirigirse directamente por carta al propietario de X para conminarle a reconsiderar la difusión online de su conversación en Estados Unidos con el candidato presidencial Donald Trump. Una decisión severamente criticada por parte de la sociedad civil —e incluso, aparentemente, por parte de otros miembros de la Comisión— por no estar claramente amparada por las previsiones de la DSA y salirse claramente de las garantías de presunción de inocencia y debido proceso que deberían guiar cualquier procedimiento administrativo para discernir posibles incumplimientos legales por parte de dicho órgano.

"El problema de Telegram no es solamente haber, aparentemente, desoído claras indicaciones por parte de las autoridades competentes acerca de la presencia de contenido manifiestamente ilegal; sino también estimular activamente la presencia de contenidos extremadamente nocivos e ilegales."


Poco después, la cabeza visible de otra plataforma se veía directamente afectado por la acción de las autoridades estatales y con referencia al contenido alojado por parte de sus servicios. Como se ha señalado ya, el CEO de Telegram, Pável Dúrov, era detenido en Francia sobre la base de una amalgama de graves acusaciones. Aunque esta situación ha suscitado en sus inicios reproches hacia un intervencionismo propio del viejo continente e incompatible con una visión más liberal de la libertad de expresión, lo cierto es que los detalles del caso apuntan a una situación de análisis mucho más matizada. El problema de Telegram no es solamente haber, aparentemente, desoído claras indicaciones por parte de las autoridades competentes acerca de la presencia de contenido manifiestamente ilegal; sino también estimular activamente la presencia de contenidos extremadamente nocivos e ilegales— frente a los remilgos de otras plataformas globales —bajo la promesa de un sistema parcial de cifrado que no sería tan seguro como se habría presentado a los usuarios inicialmente. Esta es una situación en nada comparable a problemáticas vistas en otras plataformas, en las que el daño o la nocividad de ciertos contenidos se deberían esencialmente a la negligencia o la falta de voluntad de establecer ciertas políticas de contenidos en aras de un mayor beneficio económico, pero no a la promoción e involucramiento deliberado en actos ilegales. Una situación frente a la cual, por cierto, sistemas menos intervencionistas como el estadounidense hubiesen reaccionado de forma previsiblemente similar —e incluso quizá con menos garantías— a la vista de la normativa aplicable a la persecución de delitos federales como el terrorismo o la pornografía infantil. 

"Sin embargo, late en este caso también la cuestión más general de la intervención de los estados en los sistemas de cifrado, con la voluntad en algunos casos de obtener accesos por la puerta de atrás que permitirían un control generalizado de comunicaciones privadas."


Sin embargo, late en este caso también la cuestión más general de la intervención de los estados en los sistemas de cifrado, con la voluntad en algunos casos de obtener accesos por la puerta de atrás que permitirían un control generalizado de comunicaciones privadas. Además del uso de la responsabilidad criminal de personas individuales como mecanismo para forzar el cumplimiento de leyes en principio aplicables a las plataformas/personas jurídicas en tanto que proveedores de servicios. Dicho de otro modo, y según se ha visto en el pasado en otras jurisdicciones, la frustración de jueces y tribunales frente a la falta de respuesta a determinadas órdenes y requerimientos —en algunos casos y países, vale la pena recordarlo, con la voluntad de reprimir y perseguir voces disidentes— acaba dando lugar a la detención de personas físicas al servicio de la compañía —y fáciles de aprehender por encontrarse en el territorio correspondiente— para así forzar el cumplimiento de tales demandas.

En el caso de Brasil, la decisión judicial de suspender la prestación de los servicios de la plataforma X en todo el país se nos presenta como la única alternativa al empecinamiento de su propietario, Elon Musk, en no obedecer las órdenes de remoción de cuentas y contenidos de su plataforma. La sentencia judicial buscaba aplicar las controvertidas disposiciones legales orientadas a la restricción de contenidos en nombre de la lucha contra la desinformación. El caso es, pues, complejo en cuanto a la propia base legal del mismo; aunque es ciertamente obvio que la desobediencia a mandatos judiciales en una determinada jurisdicción tiene consecuencias en un Estado de Derecho —y, por ende, no autoritario— como es el caso de Brasil. 

Sin embargo, esta situación saca también a la luz dos grandes cuestiones. La primera: cabe preguntarse en qué medida plataformas globales pueden tener la capacidad de adaptarse y respetar todos y cada uno de los ordenamientos jurídicos de los territorios en los que operan. Especialmente cuando, en algunos casos, los límites en materia de contenidos pueden llegar a ser contradictorios entre las distintas legislaciones, e incluso pueden llegar a comprometer una determinada visión de la libertad de expresión como pilar editorial de la plataforma en cuestión. La segunda: aun comprendiendo las dificultades de garantizar la ejecución de decisiones judiciales por parte de este tipo de proveedores de servicios, surge la cuestión de hasta qué punto privar a todo un país y a sus millones de usuarios de acceder a contenidos protegidos y legítimos para la libre formación de la opinión pública puede considerarse una medida necesaria y proporcional con relación a los fines perseguidos, de acuerdo con los claros estándares existentes al respecto, en el marco de la protección de la libertad de expresión tanto a nivel universal como por parte del sistema interamericano.

Corren tiempos complejos para la regulación de plataformas globales en un mundo de imperios digitales enfrentados o cuanto menos contrapuestos y en el que los Estados no han renunciado a regular lo que sucede en su propio espacio online nacional. 
Joan Barata
Joan Barata
Miembro del Center for Law, Democracy and Society de la Queen Mary University de Londres
Miembro del Center for Law, Democracy and Society de la Queen Mary University de Londres.
Participación