El pasado 26 de mayo el Gobierno anunció el Plan Veo, un programa del Ministerio de Sanidad para la financiación pública de sistemas de ayuda visual (gafas y lentillas, principalmente) a menores de edad hasta los dieciséis años. El objetivo es mejorar el acceso de este grupo de población a las prestaciones necesarias para corregir los defectos de refracción (miopía, astigmatismo, etc.).
"Los problemas de visión en las primeras etapas de la vida tienen un impacto a nivel de bienestar, de rendimiento escolar o de socialización"
Aunque los problemas de visión de este tipo pueden aparecer a cualquier edad, en las primeras etapas de la vida se dan dos factores que tener en cuenta a la hora de diseñar políticas públicas: el incremento en esta franja de edad de los problemas de visión —una prevalencia promedio del 18%—, que tiende a estabilizarse al llegar a la mayoría de edad, y el impacto que tienen este tipo de problemas durante la infancia y la adolescencia. Los problemas de visión a estas edades tienen un impacto a nivel de bienestar, de rendimiento escolar o de socialización. Su apropiada corrección en el momento de la detección supone una intervención de bajo coste que puede mejorar no solo la visión de las personas con problemas de refracción, sino tener
múltiples efectos beneficiosos para la salud.
El diseño del Plan Veo únicamente establece la edad como criterio de acceso, cubriendo a toda persona menor de edad hasta los dieciséis años de manera universal sin atender a criterios de renta. Esto ha suscitado un debate recurrente en torno a las prestaciones por parte del Estado: ¿deben tener un carácter universal o deben seguir criterios de renta?
A la hora de diseñar programas o intervenciones de salud, hay dos objetivos que no siempre son coincidentes. En primer lugar, el programa o la intervención debería mejorar los resultados en salud de la población a la que se dirige; en segundo lugar, y, no menos importante, desde un enfoque de equidad, las intervenciones en salud deberían reducir las desigualdades sociales en salud existentes en la sociedad.
"El dinero destinado a la compra de materiales como lentes correctoras supone el gasto privado más elevado del total de dinero que las personas dedican en España a bienes no cubiertos por el sistema público"
En la actualidad, la prestación de sistemas de ayuda visual no están incluida en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud, exceptuando aquellas situaciones en las que los problemas de visión se deben a causas identificables. El dinero destinado a la compra de materiales como lentes correctoras supone, en términos relativos, el gasto privado más elevado del total de dinero que las personas dedican en España a bienes no cubiertos por el sistema público. Este gasto, además, implica unas cargas mayores cuando el problema de refracción aparece en menores de edad de familias de rentas más bajas.
Desde esta perspectiva, un programa de ayudas para gafas y lentillas destinado a familias de rentas bajas podría, a priori, tener más sentido desde un punto de vista de equidad. No obstante, los programas focalizados en función de la renta plantean una serie de problemas en su implementación, frente al enfoque universalista, que pueden dificultar la consecución de los objetivos que se pretenden lograr.
Los programas basados en renta requieren que la persona beneficiaria "demuestre" ante la Administración que cumple los criterios establecidos. Para ello se deben implementar una serie de procedimientos que permitan a la administración comprobar que se cumplen los criterios de elegibilidad del programa, lo cual puede generar unos costes mayores en comparación con un enfoque universal. Estos requerimientos imponen unas cargas administrativas a las personas a las que va destinada la prestación, que deben recabar las pruebas para ser elegibles, y que pueden suponer
una barrera de acceso al propio programa, consiguiendo que aquellos grupos
más vulnerables queden expulsados, aumentando la desigualdades. Estas cargas administrativas, además de restringir el acceso, pueden tener
consecuencias para la salud independientemente del tipo de programa. Además, estos programas
plantean otra serie de problemas relacionados con la estigmatización de las personas beneficiarias, lo cual provoca una distancia entre quienes reciben la ayuda y quienes no la reciben, además de generar errores de clasificación a la hora de determinar a las personas elegibles.
Esta concepción de las prestaciones sociales refuerza una concepción del Estado como un ente que debe vigilar el comportamiento de los ciudadanos desde el paternalismo, exigiendo ejemplaridad a los sectores más desfavorecidos sin considerar las condiciones materiales que dificultan sus interacciones con la administración y que les ha llevado a ser elegibles en primer lugar.
Los programas de corte universalista permiten solventar algunos de los problemas que plantean aquellos que siguen criterios de renta. Al ser universales, se simplifican los procesos burocráticos y se reducen los costes de implementación del programa para la Administración. Esto supone también una disminución de las cargas administrativas para las personas beneficiarias, lo que permite aumentar el alcance del programa consiguiendo unas mayores tasas de participación y, por tanto, maximizar la eficacia del mismo. Considerando el coste que suponen las gafas y las lentillas para las familias de menor renta, facilitar que el programa llegue a estos sectores de la población supondría una mayor reducción en términos relativos de las cargas económicas, mejorando la equidad en materia de salud visual.
"La cobertura universal de las prestaciones sanitarias es una herramienta de cohesión social al incorporar al conjunto de la población como beneficiarios de las políticas públicas"
La cobertura universal de las prestaciones sanitarias es una herramienta de cohesión social al incorporar al conjunto de la población, independientemente de las características personales, como beneficiarios de las políticas públicas. Esto garantiza un mayor apoyo al programa y promueve la confianza en las instituciones, lo cual
facilita la sostenibilidad de la prestación en términos sociales y políticos en el largo plazo al generar un mayor consenso en torno a la misma.
Tradicionalmente, el concepto de salud no ha incorporado la salud visual como uno de los ámbitos que pueden afectar a la calidad de vida de las personas, lo cual se refleja en la variable cobertura de la atención visual en los sistemas sanitarios. Considerando el impacto que tienen los problemas de visión en el bienestar de las personas, en el rendimiento escolar y las consecuencias en términos económicos y de productividad, el derecho a ver bien debe enmarcarse en el derecho al cuidado a la salud por parte de los poderes públicos. Por tanto, el derecho a la salud visual debe ser universal y accesible, y no una prestación cubierta únicamente para determinados grupos de población.
La apuesta por unos servicios públicos universales y robustos responde a una concepción democrática del cuidado de la salud que debe garantizarse a todas las personas para conseguir sociedades más justas, que son también las que consiguen mejores resultados en salud para el conjunto de la población y para cada una de las personas que la conforman.