Jueves, 30 de julio de 2026

¿Maltratar es delinquir?

Susana Gisbert Susana Gisbert 15 de octubre de 2016
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La pregunta parece una obviedad. Y, más que probablemente, la mayoría de quienes la lean responderán con un claro, rotundo y contundente sí. La violencia de género es un delito y como tal debe castigarse. Pero a partir de ahí empiezan a surgir las reticencias. Todo parece muy claro cuando nos enfrentamos a un asesinato, pero cuando no hay sangre, la cosa cambia. Hasta el punto de cuestionar si hay delito y proponer otras soluciones alternativas. Y otras soluciones por supuesto que sí. Pero complementarias, no alternativas. El maltratador es un delincuente y debe ser castigado siempre. Y ahí empiezan los desacuerdos. Si partimos de la definición clásica de Beling del Derecho Penal, como el que atribuye al crimen como hecho la pena como legítima consecuencia, la consecuencia es obvia. Y si añadimos que los fines de la pena, además de la rehabilitación, son la prevención especial (la que hace referencia al delincuente) y general (la que atañe a la sociedad) más todavía. El maltratador futuro debe saber a lo que se enfrenta si consuma su acción. Por supuesto ello no empece la importancia de la educación para erradicar la violencia de género. Entiendo, y lo he defendido siempre, que ahí está la clave. Y también que este es uno de los puntos negros no de la ley integral, sino de su aplicación. El Estado ha hipertrofiado la parte judicial de esta ley y ha atrofiado casi por completo el desarrollo de partes tan importantes como la de la educación o los medios de comunicación, incluida la publicidad sexista. A diferencia de lo que ocurre con la parte judicial, esta queda casi como un brindis al sol. Como también gran parte del entramado asistencial, que debería dotar a las mujeres de herramientas para poder hacer frente al maltrato, y no limitarse a poner parches en situaciones extremas. La denuncia tiene un papel primordial Por eso, no se puede ni se debe cuestionar la necesidad de denuncia. Porque, a diferencia de lo que algunos afirman, esta no solo desencadena el castigo del culpable. En la violencia de género juega un papel primordial. Denunciar unas amenazas da lugar a unas medidas cautelares -esencialmente alejamiento y prohibición de comunicación y medidas respecto a los hijos, su custodia y su manutención- y en muchos casos evita que esas amenazas se cumplan. Y al contrario. A lo largo de mi vida profesional he tenido la desdicha de comprobar cómo mujeres que se echaban atrás para denunciar ese primer hecho, acababan en la sala de autopsias del mismo juzgado. Algo terrible por lo que hemos pasado muchos de los que nos dedicamos a esta materia. ¿Se podría haber solucionado con una mediación? Permítanme que lo dude. La mediación parte de dos sujetos en igualdad, y en la mayor parte de las ocasiones eso no ocurre. La experiencia me muestra cómo las mujeres que pasan por este infierno estarían dispuestas a ceder su casa, sus bienes, mudarse a otro país y entregar todo su sueldo con tal de que el maltratador desaparezca de su vida. Y aunque en algún caso puntual y muy leve pudiera ser efectiva, nunca debe aceptarse como regla general. Es más, si no se acepta la mediación en el proceso penal, ¿por qué se plantea en este caso? ¿No implica ello aceptar implícitamente que no es delito? Porque en muchos casos todavía subyace la creencia de que se trata de un asunto privado, y que por eso puede quedarse intramuros del ámbito meramente privado. Y eso es inadmisible. Un precepto decimonónico para retirar denuncias Tampoco se puede olvidar la existencia de numerosas 'retiradas de denuncia', figura jurídica inexistente que no es otra cosa que acogerse al privilegio –que no derecho- de no declarar contra el agresor. Muchos son los motivos que llevan a hacerlo. Pero el esencial es de perogrullo: las mujeres maltratadas retiran las denuncias porque pueden hacerlo, porque la ley les confiere, en virtud de un precepto decimonónico, el artículo 416 de la ley de enjuiciamiento criminal, la posibilidad de hacerlo. Y eso le convierte, de facto, en un delito semiprivado, donde la víctima carga con el estigma adicional de poder parar el proceso o activarlo, una responsabilidad extra que no se le da en ningún otro delito. Así, las consecuencias sobre hijos, familia, trabajo y sobre su entorno siguen victimizándola y culpabilizándola eternamente. Reconozcamos que la sociedad no mira con los mismos ojos a una víctima de un robo, por ejemplo, que a una víctima de violencia de género. Y verse señalada, sabiendo que está en sus manos acabar el proceso, puede determinar que tome esa decisión que, en más de un caso, ha acabado con su vida. En definitiva, hace falta educación, prevención y medidas para configurar una sociedad en igualdad que no deje crecer la semilla del machismo y sus consecuencias violentas. Pero sin obviar que son vías complementarias y necesarias, pero nunca excluyentes. Si transmitimos a las víctimas, a la sociedad y a los maltratadores que el maltrato no siempre es delito, y que caben otras soluciones, estamos haciendo un flaco favor a la causa. Ojala esa educación que todos deseamos llegue un momento en que dé su fruto. Pero, mientras no sea así, el derecho penal ha de ejercer su papel,. Nos enseñan a respetar el patrimonio ajeno, pero a quien no lo aprende bien y hurta, o roba, se le castiga en proporción a la infracción cometida. ¿Por qué entender aquí que los hechos más leves no merecen castigo? Proporcional, pero necesario. Tanto como las medidas destinados a evitarlo. O quizá como una de ellas.
Susana Gisbert
Susana Gisbert
Fiscal de Valencia en la Sección de Violencia sobre la Mujer y las secciones especiales de Jurado, Víctimas del Delito y Delitos tecnológicos.
Licenciada en Derecho por la Universidad de Valencia en 1989, accedió a la carrera fiscal en 1992. Ha ejercido como Fiscal en la Fiscalía Provincial de Castellón, en la Sección Territorial de Gandía (Valencia) y en la Fiscalía Provincial de Valencia, donde ejerce desde 2008 la función de Fiscal Portavoz. Fue Vocal electa del Consejo Fiscal en los años 2000 y 2001. Ha sido profesora de Derecho Penal en la Universidad CEU Cardenal Herrera de Valencia en el curso 2012-2013. Ha colaborado en diversos medios de comunicación, como ABC, El Mundo, Levante EMV, Radio Express Valencia o Panorama Local. Actualmente colabora periódicamente en el diario digital Informavalencia y en El Periódico de Aquí, y con frecuencia en algunas publicaciones jurídicas como Lawyerpress o El Jurista. Y es la creadora y titular del blog conmitogaymistacones.com, y participa semanalmente en el blog nosinmitoga.com, ambos destinados a abordar temas jurídicos desde un punto de vista ameno y didáctico. Ha ganado diversos premios literarios de relato corto, como el Primer Premio del Certamen de Narrativa Breve del Ayuntamiento de Valencia en 2009, el Primer Premio de Narrativa contra la Violencia de género Carolina Planells del Ayuntamiento de Paiporta (Valencia) en 2012 o el Premio de narrativa Mujeres del Ayuntamiento de Benetússer en 2013, entre otros. Ha publicado relatos en varios libros colectivos, bajo el nombre global de Gneración Bibliocafé, como “Sesión Continua”, “Animales en su tinta” y “Ultimo en cuentro en Bibliocafé”, estando pendientes de publicación dos volúmenes más.
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