Jueves, 30 de julio de 2026

‘Euroorden’: Apunte técnico, mirada política

Ana Mar Fernández Pasarín Ana Mar Fernández Pasarín 17 de abril de 2018
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La Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) conocida como euroorden, es un instrumento del Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (ELSJ). Éste último constituye un ámbito de regulación europea relativamente joven. Sus inicios datan de los años 70, con los primeros encuentros informales de los ministros del interior de los estados miembros reunidos bajo el nombre de Grupo Trevi. Desde entonces, la cooperación europea en asuntos de Justicia e Interior ha conocido un desarrollo extraordinario, explicado por coyunturas críticas como la entrada en vigor de los tratados de Maastricht (1992) y de Amsterdam (1999) o la adopción de los sucesivos programas de Tampere (1999-2004), La Haya (2005-2009) y Estocolmo (2010-2014). En la actualidad, tal y como refleja el propio enunciado del Tratado de Lisboa, las cuestiones de libertad, seguridad y justicia ocupan un lugar central en las preocupaciones europeas. La supresión de las fronteras internas derivada de la plena realización del Mercado Único, así como cuestiones de seguridad ligadas a la creciente naturaleza transnacional de la delincuencia y del crimen organizado o la lucha contra el terrorismo internacional, son las principales fuerzas motrices de este cambio; un salto cualitativo en la agenda europea que encuentra su expresión en tres elementos: desarrollo legislativo, despliegue institucional y ampliación del radio de acción, extraordinarios a lo largo de los últimos 20 años. A título de ejemplo, a fecha de 31 de diciembre de 2016 el 85% de las directivas (70 de 82) y el 97,5% de los reglamentos (117 de 120) en vigor en materia de Justicia e Interior son posteriores al año 1998. En igual sentido, nueve de las 11 agencias europeas creadas para implementar el ELSJ a nivel europeo fueron creadas entre 2002 y 2011. Por otra parte, en la actualidad, el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia abarca desde la garantía de los derechos fundamentales (lucha contra la discriminación y protección de los datos personales) hasta la lucha contra la ciberdelincuencia y la radicalización violenta, pasando por las políticas de inmigración y asilo o la cooperación judicial en materia civil y penal. Estos datos demuestran la ambición política de los estados miembros y de las instituciones europeas en este campo; una ambición que, de hecho, refleja el propio concepto de Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia. La creación de la euroorden en el año 2002, bajo Presidencia española del Consejo de la UE (Decisión Marco del Consejo de la UE de 13 de junio de 2002) y en el contexto de los atentados del 11-S, que actuaron como aceleradores, debe interpretarse a la luz de esta evolución. Al igual que muchas otras herramientas como Eurojust, Europol o Frontex, su origen está directamente ligado a la voluntad de conformar un orden público europeo. La consecución de este objetivo conlleva aspectos diversos: En términos funcionales, supone la supresión de las fronteras interiores de la Unión y la gestión integrada de sus fronteras exteriores (Convenio de Aplicación de los Acuerdos de Schengen de 1985) o el refuerzo de la cooperación policial y judicial en materia civil y penal entre los estados miembros hasta el punto de su inclusión en lógicas de funcionamiento propiamente europeas, tal y como refleja la propia noción de euroorden. En términos jurídicos, conlleva la progresiva convergencia y armonización del orden público y administración de la Justicia bajo paraguas europeo, lo que implica la aceptación del principio de reconocimiento mutuo. Por último, tal y como menciona la Comisión Europea en su Libro Verde de 2011 sobre el espacio judicial europeo, en términos políticos la vertebración de un ELSJ también requiere unos principios de gobierno basados en la confianza mutua. Supranacionales, intergubernamentales o a medio camino entre ambas lógicas decisorias, las reglas del juego europeo descansan en esencia sobre este acuerdo de base. La premisa que rige la vertebración del Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia no deja de ser la renuncia a una parcela de soberanía como es el control del territorio a cambio de la construcción de un bien común superior. La euroorden es un vector de integración. Su puesta en entredicho fácilmente puede conducir a cuestionar no sólo el conjunto de normas, sino también los propios principios y valores que rigen el funcionamiento de la casa común europea.
Ana Mar Fernández Pasarín
Ana Mar Fernández Pasarín
Profesora Titular de Ciencia Política y de la Administración en la Universidad Autónoma de Barcelona
Investigadora asociada del Observatorio de Instituciones Europeas de Sciences Po Paris. Sus principales áreas de investigación son las dinámicas interinstitucionales y los procesos decisorios en el seno de la UE. Entre sus más recientes publicaciones destacan (2014) ‘How Consensual is Comitology’, Journal of European Public Policy (con Renaud Dehousse y Joan Pere Plaza) y (2011) ‘Présider l’Union Européenne. Présidence(s) du Conseil et système de gouvernement, Politique Européenne (con Michel Mangenot).
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